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Salud y EPS
Vigente 2026

Exoneración del 100% de copagos en Régimen Subsidiado (Sisbén A, B y poblaciones especiales)

En el Régimen Subsidiado nunca se pagan cuotas moderadoras, y los afiliados en Sisbén A y B o listados censales tienen 0% de copago en cirugías y hospitalización del PBS.

Alivio o Beneficio Concreto 0% en copagos por cirugías y hospitalización (y $0 en cuotas moderadoras para todo el régimen)
Costo del Trámite $0 COP (100% Gratuito y de Ley)
Población con Derecho
Afiliados al Régimen Subsidiado Sisbén Grupo A (Pobreza Extrema) Sisbén Grupo B (Pobreza Moderada) Comunidades Indígenas Víctimas del Conflicto RUV

Requisitos y Vías para Calificar

Condiciones legales y alternativas probatorias

Afiliación activa al Régimen Subsidiado en salud: Estar registrado en la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA) de la ADRES.

Vía socioeconómica Sisbén IV: Estar clasificado en los Grupos A (A1 a A5 - pobreza extrema) o B (B1 a B7 - pobreza moderada) para tener 0% de copago en cualquier procedimiento quirúrgico o internación.

Vías alternativas por listados censales (sin necesidad de Sisbén): Población indígena censada, víctimas del conflicto armado (RUV Ley 1448), población habitante de calle, niños bajo protección del ICBF o desmovilizados.

Población en Grupo C (C1 a C18): Paga únicamente un copago regulado del 10% del valor del servicio, con topes máximos por evento y por año fijados por el Ministerio de Salud (al alcanzar el tope en el año, no paga más).

Ruta para Reclamar este Derecho (Paso a Paso)

Secuencia directa sin cobros ni intermediarios
6 pasos
01

Verifica tu afiliación al régimen subsidiado en el portal de la ADRES (adres.gov.co/consulte-su-eps) y descarga tu certificado de clasificación del Sisbén IV o listado censal.

02

Al asistir a la consulta médica, reclamar medicamentos o solicitar una cirugía en la IPS, presenta tu documento de identidad.

03

Las consultas de medicina general, odontología, especialistas y entrega de medicamentos deben salir facturadas en $0 COP (las cuotas moderadoras están prohibidas por ley en el subsidiado).

04

Para cirugías, exámenes de alto costo u hospitalización, el sistema de admisiones debe liquidar el copago en $0 COP si estás en Sisbén A o B o perteneces a un grupo especial.

05

Si una clínica o IPS pretende exigirte pagos para atenderte, cita el Acuerdo 260 del CNSSS, el Artículo 2.10.4.6 del Decreto 780 de 2016 (adicionado por Decreto 1652 de 2022) y la Circular de Copagos del Ministerio de Salud.

06

Si condicionan la atención o retienen documentos, radica de inmediato una queja con riesgo de vida ante la Oficina SIAU de la IPS y la Superintendencia Nacional de Salud.

Radica siempre con número formal de radicado para dejar constancia legal de la fecha y hora de entrega.
Guía Jurídica y Preguntas Frecuentes