Inicio Salud Trabajo Vivienda Finanzas Movilidad Educación
Categoría Oficial

Trabajo y Empleo

Derechos laborales, prima de servicios para servicio doméstico y por días, descansos obligatorios y subsidio de desempleo FOSFEC.

Trabajo & Empleo

Cuota Monetaria mensual por personas a cargo en Cajas de Compensación

Los trabajadores con ingresos de hasta 4 salarios mínimos tienen derecho a un subsidio económico mensual en efectivo por cada hijo hasta los 18 años, padre mayor de 60 años o familiar con discapacidad.

$
Beneficio concreto: Subsidio mensual en efectivo por beneficiario (entre ~$45.000 y ~$85.000 COP/mes), doble por discapacidad y +15% rural
Trabajadores Formales Padres y Madres Cuidadores Sector Agropecuario
Ley 21 de 1982; Ley 789 de 2002, Artículos 3 y 5; Ley 2225 de 2022; Circular Externa anual de la Superintendencia del Subsidio Familiar Consultar guía →
Trabajo & Empleo

Día semestral de la familia (Ley 1857) y su transición frente a la jornada de 42 horas

Conoce las dos jornadas semestrales de descanso familiar remunerado de la Ley 1857 de 2017 y la exoneración patronal que opera cuando la empresa implementa la jornada máxima de 42 horas (Ley 2101).

$
Beneficio concreto: Dos (2) jornadas de descanso familiar remunerado al año (sujeto a la jornada máxima vigente en la empresa)
Trabajadores Dependientes Familias Sector Privado y Público
Ley 1857 de 2017, Artículo 3; Ley 2101 de 2021, Artículos 3 y 6; Conceptos del Ministerio del Trabajo de Colombia Consultar guía →
Trabajo & Empleo

Dotación gratuita de calzado y vestido de labor tres veces al año para salarios de hasta 2 SMMLV

Los Artículos 230 a 234 del CST obligan al empleador a entregar gratuitamente 3 dotaciones al año (abril, agosto y diciembre). Queda terminantemente prohibido descontarlo de nómina o pagarlo en dinero.

$
Beneficio concreto: Suministro 100% gratuito de 3 pares de zapatos y 3 vestidos completos de labor al año adecuados a la labor desempeñada
Trabajadores que devengan hasta 2 SMMLV Empleados Operativos y Asistenciales Trabajadores de Servicio Doméstico Personal de Vigilancia y Mantenimiento
Código Sustantivo del Trabajo (Arts. 230, 232, 233 y 234, modificados por la Ley 11 de 1984); Ley 100 de 1993; Jurisprudencia de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia (Sentencias SL462-2021 y SL1920-2020) Consultar guía →
Trabajo & Empleo
Destacado

Estabilidad laboral reforzada: prohibición de despido por condición de salud o enfermedad

El despido de un trabajador en situación de discapacidad física, secuelas médicas o debilidad manifiesta sin autorización previa del Ministerio de Trabajo es nulo y da derecho a reintegro e indemnización de 180 días.

$
Beneficio concreto: Nulidad absoluta del despido, reintegro inmediato al cargo, pago de salarios caídos e indemnización legal de 180 días
Trabajadores con Problemas de Salud o Incapacidades Personas con Pérdida de Capacidad Laboral Trabajadores en Tratamiento Médico Empleados del Sector Público y Privado
Ley 361 de 1997 (Artículo 26); Sentencia SU-049 de 2017 y Sentencia C-005 de 2017 de la Corte Constitucional; Código Sustantivo del Trabajo Consultar guía →
Trabajo & Empleo
Destacado

Prima de servicios para trabajadoras domésticas, de fincas y por días (Ley 1788)

Quienes trabajan en servicio doméstico, choferes familiares o empleadas por días tienen derecho legal al pago de 30 días de salario de prima al año (junio y diciembre) con auxilio de transporte incluido.

$
Beneficio concreto: Treinta (30) días de salario al año divididos en dos pagos semestrales proporcionales
Trabajadoras del Servicio Doméstico Empleadas y Empleados por Días Mayordomos y Trabajadores de Fincas Choferes de Servicio Familiar
Ley 1788 de 2016; Código Sustantivo del Trabajo, Artículos 65, 306 y 486; Ley 1 de 1963, Artículo 7° Consultar guía →
Trabajo & Empleo
Destacado

Sanción moratoria en cesantías e intereses: un día de salario por cada día de mora del empleador

La Ley 50 de 1990 y la Ley 52 de 1975 castigan el retraso patronal con un día de salario por cada día de mora si no consignan las cesantías antes del 15 de febrero y el doble de intereses tras el 31 de enero.

$
Beneficio concreto: Indemnización de 1 día de salario real por cada día de retraso en cesantías y 100% de recargo en intereses de cesantías
Trabajadores con Contrato Laboral Empleados del Sector Privado Trabajadores a Término Fijo e Indefinido Trabajadores por Obra o Labor
Ley 50 de 1990 (Art. 99 numeral 3: Liquidación y consignación obligatoria de cesantías); Ley 52 de 1975 (Art. 1: Intereses a las cesantías); Código Sustantivo del Trabajo; Jurisprudencia de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia (Sentencias SL1680-2020 y SL4360-2019) Consultar guía →
Trabajo & Empleo
Destacado

Subsidio al desempleo FOSFEC: pago de salud, pensión y auxilio de 1.5 SMMLV

Si quedas cesante en Colombia, tu Caja de Compensación te paga hasta 6 meses de salud y pensión, además de una transferencia económica en efectivo de 1.5 SMMLV distribuida en 4 meses.

$
Beneficio concreto: 1.5 SMMLV en efectivo en 4 cuotas decrecientes + pago de 6 meses de EPS y pensión completa
Trabajadores Cesantes Desempleados Familias Independientes
Ley 1636 de 2013; Ley 2225 de 2022; Decreto 1072 de 2015; Resoluciones del Ministerio del Trabajo Consultar guía →
Publicidad Institucional