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Pasaporte y Viajes
Vigente 2026

Franquicia tributaria de equipaje para viajeros: Hasta USD $2.000 libres de impuestos y cupo especial de USD $5.000 al regresar a Colombia

Todo viajero que regrese a Colombia tiene derecho por ley a ingresar sus efectos personales sin impuestos, una franquicia de hasta USD $2.000 al 0% y un cupo de hasta USD $3.000 adicionales al 15%. Conoce las reglas de la DIAN y el límite de celulares.

Alivio o Beneficio Concreto 0% de arancel e IVA en efectos personales y compras hasta USD $2.000 (Ahorro tributario de ~35%)
Costo del Trámite $0 COP (100% Gratuito y de Ley)
Población con Derecho
Viajeros Internacionales Turistas Colombianos que Regresan del Exterior Compradores en el Extranjero Familias que Vuelven a Colombia Ciudadanos Colombianos y Residentes

Requisitos y Vías para Calificar

Condiciones legales y alternativas probatorias

Pasaporte ordinario o documento de viaje con los sellos de ingreso y salida del territorio nacional.

Permanencia en el exterior: Para acogerse a la franquicia de USD $2.000 no se exige tiempo mínimo; para acceder al cupo ampliado de USD $3.000 adicionales (hasta USD $5.000) es obligatorio haber permanecido mínimo cinco (5) días calendario fuera del país.

Facturas comerciales de compra: Documentos o comprobantes de pago emitidos en el exterior que sustenten el valor real pagado por las mercancías.

Límites por clase de artículo: En la franquicia libre de tributos se admite un máximo de hasta diez (10) unidades de la misma clase. En el cupo con tributo único hasta tres (3) de uso doméstico/deportivo/profesional y hasta diez (10) de uso personal.

Límite legal en teléfonos celulares: Máximo tres (3) teléfonos móviles inteligentes (smartphones) por pasajero (incluido el de uso personal). Es obligatorio declarar marca, modelo e IMEI en el Formulario 530 de la DIAN.

Carácter estrictamente individual: Los cupos no se pueden sumar ni acumular entre varios miembros de un mismo grupo o familia para ingresar un solo artículo que supere el cupo individual.

Ruta para Reclamar este Derecho (Paso a Paso)

Secuencia directa sin cobros ni intermediarios
5 pasos
01

Conserva todas las facturas y recibos de compra de los artículos adquiridos durante tu viaje en el exterior.

02

Calcula el valor FOB de tus compras: Si no superas USD $2.000 y traes cantidades no comerciales, estás 100% libre de arancel e IVA.

03

Si permaneciste más de 5 días fuera de Colombia y tus compras oscilan entre USD $2.001 y USD $5.000, solicita y diligencia el Formulario Oficial 530 de la DIAN para pagar la tarifa única del 15%.

04

Si traes teléfonos móviles adicionales a tu celular habitual, registra sus números de IMEI en el Formulario 530 para evitar el decomiso aduanero.

05

Al recoger tu equipaje en el aeropuerto colombiano, toma el Canal Verde si no superas los topes de franquicia, o dirígete al puesto de control aduanero de la DIAN (Canal Rojo) si debes liquidar el tributo único.

Radica siempre con número formal de radicado para dejar constancia legal de la fecha y hora de entrega.
Guía Jurídica y Preguntas Frecuentes