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Servicios Públicos
Vigente 2026

Prohibición de cobro por promedio indefinido en servicios públicos y pérdida del derecho a cobrar

El Artículo 146 de la Ley 142 prohíbe facturar por promedio por más de 3 periodos consecutivos. Si la empresa no mide el consumo por negligencia propia, pierde el derecho a cobrar el servicio.

Alivio o Beneficio Concreto Eliminación de cobros de consumo no medidos por negligencia patronal y pago exclusivo del cargo fijo mensual
Costo del Trámite $0 COP (100% Gratuito y de Ley)
Población con Derecho
Usuarios de Acueducto, Energía y Gas Propietarios de Vivienda Arrendatarios Comerciantes con Medidor Dañado

Requisitos y Vías para Calificar

Condiciones legales y alternativas probatorias

Contar con acometida de servicio público domiciliario (energía eléctrica, gas natural o acueducto) con derecho a medición individual.

Facturación bajo modalidad de 'promedio' o 'consumo estimado' durante más de tres (3) periodos bimestrales o seis (6) mensuales consecutivos.

Que la falta de medición técnica no sea atribuible a actos u omisiones del usuario (el medidor debe estar accesible y sin cerramientos u obstáculos causados por el suscriptor).

Aplica a todos los estratos socioeconómicos (1 al 6) y usuarios industriales o comerciales.

Ruta para Reclamar este Derecho (Paso a Paso)

Secuencia directa sin cobros ni intermediarios
6 pasos
01

Examina detalladamente las últimas facturas del servicio público: ubica la casilla 'Tipo de Lectura' o 'Consumo Facturado'.

02

Si la factura indica 'Promedio', 'Estimada' o la lectura de los números del reloj no coincide con la realidad de tu medidor físico, toma una fotografía clara del medidor donde se aprecie la fecha.

03

Cuenta cuántos meses consecutivos la empresa ha emitido la factura por promedio sin realizar la visita de inspección o sustitución del aparato.

04

Si superan tres periodos bimestrales o seis mensuales, radica una reclamación formal ante la empresa invocando el inciso final del Artículo 146 de la Ley 142 de 1994.

05

Exige la aplicación de la sanción legal de pérdida del precio: la empresa debe anular el cobro de los metros cúbicos o kilovatios cobrados por promedio debido a su negligencia, cobrando únicamente el cargo fijo regulado.

06

Interpón recurso de reposición y en subsidio de apelación ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) si la empresa no reliquida las cuentas.

Radica siempre con número formal de radicado para dejar constancia legal de la fecha y hora de entrega.
Guía Jurídica y Preguntas Frecuentes