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Pensiones y Duelo
Vigente 2026

Reducción de semanas de pensión para mujeres: regla de 1.000 semanas y bono por hijos

Conoce las dos vías legales para pensionar a las mujeres en Colombia: la reducción progresiva de 1.300 a 1.000 semanas (Sentencias C-197/23 y C-054/24) y el bono de hasta 150 semanas por hijos (Ley 2381).

Alivio o Beneficio Concreto Hasta 300 semanas menos por vía jurisprudencial y hasta 150 semanas por hijos (piso mínimo legal: 850 semanas)
Costo del Trámite $0 COP (100% Gratuito y de Ley)
Población con Derecho
Mujeres Cotizantes Madres de Familia Adultas Mayores Futuras Pensionadas

Requisitos y Vías para Calificar

Condiciones legales y alternativas probatorias

Tener 57 años cumplidos (edad pensional de la mujer en Colombia).

Vía Reducción Progresiva General (Sentencia C-197 de 2023 en Colpensiones y C-054 de 2024 en fondos privados): a partir de 2026, las semanas bajan a 1.250 en 2026 y luego 25 semanas cada año hasta llegar a 1.000 semanas en 2036.

Vía Bono de Cuidado por Hijos (Artículo 36 de la Ley 2381 de 2024): se descuentan 50 semanas por cada hijo nacido vivo o adoptado (máximo 3 hijos = 150 semanas menos).

Piso mínimo legal infranqueable: aun con el bono de hijos, el total de semanas mínimas de cotización nunca podrá ser inferior a 850 semanas.

Acreditar el vínculo filial mediante Registros Civiles de Nacimiento o sentencias judiciales de adopción en firme.

Ruta para Reclamar este Derecho (Paso a Paso)

Secuencia directa sin cobros ni intermediarios
4 pasos
01

Descarga tu historia laboral actualizada en Colpensiones o en tu fondo privado (Porvenir, Protección, etc.) y contabiliza tus semanas cotizadas efectivas.

02

Identifica en qué régimen te encuentras: si al 1 de julio de 2025 tienes 750 semanas o más, te cobija el Régimen de Transición (Ley 100/797 con las sentencias C-197/23 o C-054/24).

03

Si tienes menos de 750 semanas a julio de 2025, te riges por la Ley 2381 de 2024 y podrás aplicar directamente el bono de 50 semanas por cada hijo (hasta 150 semanas) para completar el requisito.

04

Radica tu solicitud pensional adjuntando copia original de los Registros Civiles de Nacimiento de tus hijos.

Radica siempre con número formal de radicado para dejar constancia legal de la fecha y hora de entrega.
Guía Jurídica y Preguntas Frecuentes