Reducción de semanas de pensión para mujeres: regla de 1.000 semanas y bono por hijos
Conoce las dos vías legales para pensionar a las mujeres en Colombia: la reducción progresiva de 1.300 a 1.000 semanas (Sentencias C-197/23 y C-054/24) y el bono de hasta 150 semanas por hijos (Ley 2381).
Alivio o Beneficio Concreto
Hasta 300 semanas menos por vía jurisprudencial y hasta 150 semanas por hijos (piso mínimo legal: 850 semanas)
Costo del Trámite
$0 COP (100% Gratuito y de Ley)
Población con Derecho
Mujeres Cotizantes Madres de Familia Adultas Mayores Futuras Pensionadas
Requisitos y Vías para Calificar
Condiciones legales y alternativas probatorias
5 criterios
Tener 57 años cumplidos (edad pensional de la mujer en Colombia).
Vía Reducción Progresiva General (Sentencia C-197 de 2023 en Colpensiones y C-054 de 2024 en fondos privados): a partir de 2026, las semanas bajan a 1.250 en 2026 y luego 25 semanas cada año hasta llegar a 1.000 semanas en 2036.
Vía Bono de Cuidado por Hijos (Artículo 36 de la Ley 2381 de 2024): se descuentan 50 semanas por cada hijo nacido vivo o adoptado (máximo 3 hijos = 150 semanas menos).
Piso mínimo legal infranqueable: aun con el bono de hijos, el total de semanas mínimas de cotización nunca podrá ser inferior a 850 semanas.
Acreditar el vínculo filial mediante Registros Civiles de Nacimiento o sentencias judiciales de adopción en firme.
Ruta para Reclamar este Derecho (Paso a Paso)
Secuencia directa sin cobros ni intermediarios
4 pasos
01
Descarga tu historia laboral actualizada en Colpensiones o en tu fondo privado (Porvenir, Protección, etc.) y contabiliza tus semanas cotizadas efectivas.
02
Identifica en qué régimen te encuentras: si al 1 de julio de 2025 tienes 750 semanas o más, te cobija el Régimen de Transición (Ley 100/797 con las sentencias C-197/23 o C-054/24).
03
Si tienes menos de 750 semanas a julio de 2025, te riges por la Ley 2381 de 2024 y podrás aplicar directamente el bono de 50 semanas por cada hijo (hasta 150 semanas) para completar el requisito.
04
Radica tu solicitud pensional adjuntando copia original de los Registros Civiles de Nacimiento de tus hijos.
Radica siempre con número formal de radicado para dejar constancia legal de la fecha y hora de entrega.
Guía Jurídica y Preguntas Frecuentes
Un hito de justicia distributiva para las mujeres colombianas
Históricamente en Colombia, el sistema de seguridad social exigía a las mujeres cotizar exactamente las mismas 1.300 semanas que a los hombres, a pesar de jubilarse 5 años antes (a los 57 años frente a los 62 años masculinos) y de asumir la mayor carga no remunerada de cuidado del hogar y de los hijos.
Hoy las mujeres colombianas cuentan con dos mecanismos complementarios de protección pensional:
Mecanismo 1: La Reducción Progresiva General (Sentencias C-197 de 2023 y C-054 de 2024)
La Corte Constitucional declaró inconstitucional exigir 1.300 semanas a las mujeres y ordenó una reducción escalonada hacia 1.000 semanas:
Cronograma en Colpensiones (Sentencia C-197 de 2023):
2026: El requisito baja de 1.300 a 1.250 semanas (reducción inicial de 50 semanas).
2027 en adelante: Se reducen 25 semanas cada año (1.225 en 2027, 1.200 en 2028, etc.).
2036: Se alcanza el estándar definitivo de 1.000 semanas de cotización.
En Fondos Privados / RAIS (Sentencia C-054 de 2024):
Para las mujeres en fondos privados que no alcanzan el capital suficiente, la Corte ordenó que las semanas requeridas para acceder a la Garantía de Pensión Mínima se reduzcan de forma equivalente de 1.150 a 1.000 semanas.
Mecanismo 2: Bono de Cuidado por Hijos (Artículo 36 de la Ley 2381 de 2024)
El nuevo marco pensional colombiano creó un beneficio directo por maternidad para aquellas mujeres que, habiendo cumplido los 57 años de edad, no logran completar las semanas mínimas exigidas:
1 hijo nacido vivo o adoptado: Descuento de 50 semanas.
2 hijos: Descuento de 100 semanas.
3 o más hijos: Descuento máximo de 150 semanas (~3 años menos de cotización).
[!IMPORTANT]
Piso mínimo legal de 850 semanas:
Por disposición expresa de la ley, la aplicación del bono por hijos nunca podrá reducir el número de semanas por debajo de 850 semanas. Una mujer debe haber cotizado efectivamente al menos 850 semanas para poder beneficiarse de la compensación total de 150 semanas por maternidad.
¿A quiénes aplica el Régimen de Transición (750 semanas)?
El Artículo 75 de la reforma fijó un umbral claro:
Mujeres con 750 semanas o más al 1 de julio de 2025: Permanecen en el régimen de transición (Ley 100 de 1993 modificada por la Ley 797 de 2003) y se benefician del cronograma de reducción de semanas de las Sentencias C-197 de 2023 y C-054 de 2024.
Mujeres con menos de 750 semanas al 1 de julio de 2025: Pasan al nuevo sistema de pilares de la Ley 2381 de 2024, pudiendo aplicar de manera directa el bono de hasta 150 semanas por hijos del Artículo 36.
Vía probatoria para acreditar los hijos
Para hacer efectivo el descuento de semanas por hijos, debes presentar:
Copia auténtica del Registro Civil de Nacimiento de cada hijo donde conste que nació vivo.
En caso de hijos adoptivos, copia de la sentencia judicial de adopción en firme debidamente inscrita en el registro civil.
Si el hijo falleció posteriormente, el derecho se mantiene intacto siempre que haya nacido con vida (acreditado con el registro civil de nacimiento y de defunción).