1. El Acuerdo de Exención de Visado: ¿A dónde podemos viajar sin visa?
A partir del Acuerdo de Exención de Visados suscrito entre la República de Colombia y la Unión Europea en diciembre de 2015, los colombianos portadores de pasaporte ordinario o ejecutivo están exonerados del requisito de visa consular para realizar visitas de corta duración con fines de turismo, visitas familiares, eventos o actividades comerciales no remuneradas.
Actualmente, el territorio sin fronteras internas comprende 29 países del Espacio Schengen:
- Estados Miembros de la Unión Europea (25 países): Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumania y Suecia.
- Estados Asociados no pertenecientes a la UE (4 países): Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.
- Microestados europeos con fronteras abiertas: Andorra, Mónaco, San Marino y Ciudad del Vaticano.
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REINO UNIDO E IRLANDA NO FORMAN PARTE DEL ACUERDO
- Reino Unido (Inglaterra, Escocia, Gales e Irlanda del Norte): A partir del 26 de noviembre de 2024, el gobierno británico (Home Office) reinstauró la exigencia obligatoria de Visa de Visitante (Standard Visitor Visa) y Visa de Tránsito (DATV) para ciudadanos colombianos. Los colombianos ya no pueden ingresar sin visa ni son elegibles para la autorización ETA.
- República de Irlanda: Exige visa consular de turista gestionada previamente ante la Embajada de Irlanda.
2. La Regla de Permanencia: Máximo 90 días en una ventana móvil de 180 días
La exención no autoriza una residencia indefinida. La legislación comunitaria europea (Reglamento UE 2016/399) estipula:
- Puedes permanecer un máximo de 90 días continuos o fraccionados dentro de cualquier período móvil de 180 días.
- La ventana es móvil retrospectiva: en cada día que estés dentro de Schengen, la autoridad migratoria cuenta hacia atrás los 180 días anteriores para comprobar que no hayas acumulado más de 90 días.
- No se reinicia saliendo a un país vecino: Si consumes tus 90 días, no basta con salir a Marruecos o Turquía un fin de semana. Debes permanecer fuera de todo el territorio Schengen durante otros 90 días antes de poder reingresar.
3. Requisitos de Control Fronterizo: La exención de visa no es un derecho automático de entrada
La supresión de la visa significa que no tienes que acudir al consulado en Bogotá ni pagar aranceles previos. Sin embargo, la decisión final de admisión la toma el oficial de la guardia de fronteras en el primer aeropuerto de ingreso a Europa.
Debes llevar impresos o disponibles en tu teléfono los siguientes requisitos legales:
| Requisito Legal | Parámetro Exigido | Sustento / Justificación |
|---|---|---|
| Pasaporte Ordinario Vigente | Mínimo 3 meses de vigencia después de la fecha en que planeas salir de Europa. | Expedido dentro de los últimos 10 años. |
| Tiquete de Regreso | Pasaje aéreo confirmado con salida de Europa dentro del límite de 90 días. | Prueba de que saldrás del territorio Schengen a tiempo. |
| Alojamiento Verificado | Reserva de hotel confirmada o Carta de Invitación Policial oficial. | No se aceptan cartas informales en procesador de texto. |
| Seguro Médico de Viaje | Cobertura mínima de 30.000 EUR en gastos de urgencia y repatriación. | Válido en todos los 29 países Schengen sin deducibles abusivos. |
| Fondos Económicos Diarios | Monto regulado por ley según el país de entrada (ej. España: 113,40 €/día). | Demostrable en efectivo o extractos de tarjetas bancarias. |
4. Cuantía de Recursos Económicos Mínimos por País
Cada Estado miembro fija su propio monto de subsistencia diaria para inadmitir viajeros que no cuenten con solvencia:
- España (Orden PRE/1282/2007 actualizada con el SMI): Se exige acreditar el 10% del Salario Mínimo Interprofesional diario, equivalente a 113,40 EUR por persona y día de estancia. Además, la ley fija un mínimo global de 1.020,60 EUR por persona (equivalente a 9 días), aunque tu viaje planeado dure solamente 3 o 4 días.
- Francia: 65 EUR diarios si cuentas con reserva hotelera, 120 EUR diarios si no tienes reserva, o 32,50 EUR diarios si te hospedas con Attestation d’accueil.
- Alemania e Italia: Promedio entre 45 y 60 EUR diarios por viajero con alojamiento acreditado.
5. Alojamiento: Diferencia entre Reserva de Hotel y Carta de Invitación
Uno de los motivos más frecuentes de inadmisión en aeropuertos como Barajas (Madrid) o Charles de Gaulle (París) es presentar una carta de invitación informal redactada por un familiar o amigo:
- Si te hospedas en hotel o apartamento turístico: Presenta la confirmación de la reserva a tu nombre con los datos de contacto del establecimiento.
- Si te hospedas en casa de un familiar o amigo: El anfitrión debe tramitar previamente ante la Comisaría de Policía Nacional (en España) o la Alcaldía/Mairie (en Francia - Attestation d’accueil) el documento oficial sellado de invitación. Este documento original debe ser enviado físicamente al viajero antes de abordar.
6. Próxima Implementación de ETIAS y EES
La Unión Europea está desplegando dos nuevos sistemas de control fronterizo:
- EES (Entry/Exit System): Registro biométrico automatizado (fotografía facial y huellas dactilares) al cruzar la frontera exterior de la UE, reemplazando el sellado manual de pasaportes.
- ETIAS (European Travel Information and Authorisation System): Permiso digital previo obligatorio que los colombianos deberán solicitar por internet antes de viajar. Tendrá un costo administrativo de 7 EUR, una vigencia de 3 años y será gratuito para menores de 18 años y mayores de 70 años.
7. Otros Países del Mundo con Acceso sin Visa para Colombianos
Además de Europa, los ciudadanos colombianos cuentan con exención de visado de turismo en:
- Sudamérica: Acceso con Cédula Digital física en policarbonato o Pasaporte a Argentina, Brasil, Bolivia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú y Uruguay (hasta 90 días).
- Caribe y Centroamérica: México (hasta 180 días con pre-registro migratorio), Panamá (hasta 90 o 30 días según control), Guatemala, El Salvador, República Dominicana, Bahamas, Curazao y Aruba. (Nota: Costa Rica exige visa consular desde 2023).
- Medio Oriente y Asia: Emiratos Árabes Unidos (90 días), Qatar (30 días), Turquía (90 días), Israel (90 días), Corea del Sur (90 días con K-ETA), Singapur (30 días con SG Arrival Card), Filipinas (30 días) y Maldivas (30 días con visado gratuito al arribo).